Mi artículo de hoy en elMón.cat sobre el último esperpento de Gibraltar en la política española. El asunto está tan sobado ya y es tan conocido que no basta con agitarlo y hay que sacar alguna otra cuestión, como las coca-colas de Espinar en el Senado para tratar de desviar la atención de la dimisión (mal y tardíamente) del presunto delincuente del PP, Pedro Antonio Sánchez, presidente de Murcia.
Digo que el asunto está más que visto porque, mientras la voluntad de los llanitos siga siendo ser súbditos británicos en un 95%, España no tiene nada que hacer. Solo le quedan dos vías: imponer su soberanía sobre el Peñón por la fuerza de las armas o convencer a los llanitos de que prefieran ser españoles a ingleses. Lo primero es, de momento, imposible e improbable en los próximos cien o doscientos años. Lo segundo es todavía más difícil cuando, si esa misma pregunta en referéndum se hiciera en España, muchos españoles no llanitos también preferirían ser ingleses.
Aquí el texto en castellano:
Cataluña y Gibraltar
La repentina reaparición del contencioso de Gibraltar en el escenario del Brexit ha provocado una pequeña crisis internacional con batir de tambores guerreros en el viejo continente. En la confusión de las condiciones de negociación de la salida de los británicos, estos, extrañamente, han olvidado precisar la situación del Peñón. Planteado el problema, la UE hace suya la posición de la ONU respecto a la necesidad de descolonización de Gibraltar, incluido en la lista de territorios que no tienen autogobierno y la señora Merkel remacha recordando la doctrina de la integridad territorial de los Estados. De este modo, la UE advierte al Reino Unido de que cualquier cambio en la roca tendrá que darse con el acuerdo común con España.
Esta conclusión consagra una situación de co-soberanía de hecho que los británicos no habían previsto y no parecen dispuestos a aceptar sin más. Sorprendidos en su descuido, muchos se han lanzado a una campaña de ultrnacionalismo belicoso, amenazando con ir a la guerra por el Peñón y recordando el episodio de las Malvinas, hace 35 años. Por primera vez en este contencioso secular parece que han sido los ingleses los adelantados de la fanfarronería y el patriotismo de hojalata que habitualmente se atribuye a los españoles. Hasta tal punto que, a diferencia de la “Dama de hierro”, Thatcher, la actual primera ministra, May, trata de apaciguar los ánimos.
Asimismo, algunas otras voces, menos truculentas pero quizá más expeditivas políticamente, prefieren ir por otra vía y sostienen que, de perseverar España en su pretensión de retrocesión de la Roca, Gran Bretaña debe apoyar en la ONU la independencia de Cataluña. La casualidad y las complicaciones de la diplomacia juegan de nuevo a favor de una finalidad del independentismo catalán: internacionalizar el problema para tratar de obtener la independencia por implicación de la comunidad internacional. Y, desde luego, sería una gran baza contar con el apoyo de una potencia del Consejo de Seguridad para plantear la cuestión catalana en la ONU.
Como en una ironía de la historia, los destinos de Cataluña y Gibraltar vuelven a cruzarse como en los tiempos del Tratado de Utrecht en 1713 cuando Gibraltar fue parte del precio que Felipe V hubo de pagar para conseguir que la Gran Bretaña abandonara la defensa de Cataluña y permitiera que los Borbones abolieran sus libertades, como habían hecho con Valencia y las Baleares. A los efectos de la propaganda y la notoriedad internacionales, este paralelo parece conveniente, pero poco realista porque, aparte de las dificultades intrínsecas de plantear el contencioso en el campo de la descolonización, en donde la ONU no lo considera, los independentistas catalanes no deben depositar muchas esperanzas en que esta vez Gran Bretaña no vaya a abandonarlos.
Sean cuales sean las dificultades europeas, el peso diplomático de Gran Bretaña en la Unión, aunque esté fuera, es superior al de España aunque esté dentro. Además, y ello es determinante, el caso de Gibraltar no ofrece lugar a muchas dudas si se consideran dos factores encadenados. En primer lugar, el estatus de colonia es desmentido por el texto literal del citado Tratado en el que el Rey Católico español otorga a Inglaterra la propiedad de Gibraltar “absolutamente para que la tenga y goce con entero derecho y para siempre, sin excepción ni impedimento alguno”, con la sola reserva de que, cuando “le pareciere conveniente dar, vender o enajenar, de cualquier modo la propiedad de la dicha Ciudad de Gibraltar”, conceda a España “la primera acción antes que a otros para redimirla”. Dicho lo cual, hay poco más que hablar. Gran Bretaña posee legítimamente Gibraltar, a perpetuidad, si quiere, al menos mientras se reconozca la validez del Tratado de Utrecht.
¿Que será preciso adaptarse a las nuevas circunstancias geopolíticas de la UE y tomar en consideración el criterio comunitario de la soberanía compartida? Muy probablemente, pero esta actitud viene compensada con el segundo factor mencionado y tan sobrevenido desde Utrecht hasta hoy como el cambio de Europa y es el respeto al derecho de autodeterminación de los pueblos. Este segundo factor muestra la fortaleza de la posición inglesa en el contencioso. Dos referéndums se han realizado en Gibraltar sobre la retrocesión a España y en ambos más del 95% de la población ha sido partidario de conservar la ciudadanía británica y rechazar la española.
Los dos datos señalan los extremos del problema: Inglaterra no para barras en el principio de integridad territorial de los Estados (cuya aplicación a España es dudosa, cuenta habida de los enclaves de Ceuta y Melilla) y se aferra al derecho de autodeterminación de la población concernida. España. Por el contrario, sostiene el principio de la integridad territorial y no respeta el de la libre autodeterminación de los pueblos. No es difícil comprender que la posición española es perdedora de acuerdo con las convicciones contemporáneas.
Al independentismo catalán le favorece el eco internacional del contencioso por la visibilidad que otorga a su reivindicación emancipadora. Pero su fuerza no reside en las distintas interpretaciones de antiguos tratados, sino en la recta aplicación de un principio universalmente reconocido a partir del siglo XX: el del derecho de autodeterminación de los pueblos.