dimecres, 31 de juliol del 2013

De los Cobos no puede dimitir porque no es magistrado del Tribunal Constitucional.


Según Rafael Hernando, portavoz del PP;hay una campaña contra De los Cobos, con "tintes anticonstitucionales", por su militancia en el PP. Falso: no hay tal campaña y, si la hubiera, no sería anticonstitucional, sino muy constitucional. Lo anticonstitucional es que De los Cobos presida el TC -incluso que forme parte de él- y que Hernando lo defienda.
 
Dice Hernando que la Constitución solo prohíbe que los magistrados del TC sean "cargos directivos" de los partidos, pero no militantes; que el TC solo está sometido a su propia Ley Orgánica y, por tanto no le afecta la Ley Orgánica del Poder Judicial que sí declara incompatibles la condición de juez y magistrado con la militancia en un partido. Eso era lo que creía Palinuro en un principio, antes de que el propio TC soltara su nota de prensa sentando esta doctrina. Viéndolo con más detalle la explicación es falsa y la posición de De los Cobos ilegal e insostenible.
 
El artículo 19, 1 de la vigente Ley Orgánica del Tribunal Constitucional enumera las causas de incompatibilidades de los magistrados del TC y al final dice textualmente: "En lo demás, los miembros del Tribunal Constitucional tendrán las incompatibilidades propias de los miembros del Poder Judicial."

Es decir, ni campaña, ni anticonstitucional ni nada: el señor De los Cobos tiene las mismas incompatibilidades que los miembros del Poder Judicial y de nada le sirve aducir que el TC "no es parte del poder judicial" porque su misma ley reguladora, la única a la que, junto a la Constitución, está sometido, lo hace tal en materia de incompatibilidades.

El señor De los Cobos está vulnerando la ley, su posición es ilegal y, lógicamente, debe dimitir, diga lo que diga el señor Hernando.

Pero, para desgracia del tal Hernando, el señor De los Cobos no puede dimitir porque NO es magistrado del TC. Qué sea lo que ha sido hasta la fecha es algo que habrán de dilucidar los tribunales si alguien tiene los arrestos suficientes para denunciarlo por usurpación de funciones, ya que ha estado actuando como magistrado sin serlo.
 
¿Por qué? La citada Ley Orgánica del Tribunal Constitucional sigue diciendo en su art. 119, 2: Cuando concurriere causa de incompatibilidad en quien fuere propuesto como Magistrado del Tribunal, deberá, antes de tomar posesión, cesar en el cargo o en la actividad incompatible. Si no lo hiciere en el plazo de diez días siguientes a la propuesta, se entenderá que no acepta el cargo de Magistrado del Tribunal Constitucional.

¿Causó baja en el PP el señor De los Cobos al aceptar el nombramiento de magistrado? ¿Sí? En ese caso no tengo nada que decir. ¿No? Pues a tenor de la ley vigente, el señor De los Cobos no es magistrado del Tribunal Constitucional y, por lo tanto, todas las decisiones de este Tribunal en las que haya intervenido este buen hombre son absolutamente nulas.

Ni campaña, ni anticonstitucional ni nada, amigo Hernando. Aquí los únicos de la campaña, los únicos inconstitucionales son ustedes y sus amigos. Y va siendo hora de que paguen por ello. Si no cesó expresamente en su militancia en el PP, ese señor De los Cobos es tan magistrado del TC como mi gato y a mi modesto entender debiera responder ante los tribunales por ejercer indebidamente un cargo sin estar legalmente capacitado para ello.