dissabte, 15 de març del 2008

El sistema electoral.

Leo que IU ha presentado denuncia ante el juzgado de guardia contra la ley electoral española por considerarla anticonstitucional dado que viola el derecho a la igualdad porque no respeta la proporcionalidad entre votos y escaños, lo cual es estrictamente cierto en perjuicio de IU y de UPyD así como también en menor medida (y no siempre) de los partidos nacionalistas que concentran el voto en algunas circunscripciones.

Al margen de que el procedimiento elegido sea o no el más adecuado, cosa que es indiferente y ya se resolverá, el asunto es bastante complejo. La desproporcionalidad del sistema electoral español es enorme. De hecho es más desproporcional que algunos sistemas mayoritarios, por ejemplo, el australiano. Y eso es injusto, obviamente porque es injusto (además de estúpido) que un sistema proporcional sea más desproporcional que uno mayoritario. El problema es que, además, es doblemente desproporcional, esto es, con respecto a los territorios y con respecto a los partidos y, aunque ambas desproporcionalidades estén conectadas, no son lo mismo.

Más problemático es que resulte anticonstitucional. La vigente Constitución señala (art. 68, 3) que "La elección se verificará en cada circunscripción atendiendo a criterios de representación proporcional" que es estrictamente lo que se hace en España elección tras elección. La desproporción resulta escandalosa cuando se agregan los resultados nacionalmente y se dividen los votos por los escaños obtenidos. Pero es que la Constitución ya se preocupa por excluir esa posibilidad de recuento nacional y taxativamente afirma (art. 68, 2) que "La circunscripción electoral es la provincia" y, con mucha astucia, para torcer la proporcionalidad de esa determinación en un país en que los pesos demográficos de las distintas provincias son extremadamente variables, asigna "una representación mínima inicial a cada circunscripción", con lo que, de hecho, en un número considerable de provincias, la representación personal queda viciada en favor de una representación territorial.

Aquí está el origen de la primera desproporcionalidad, la que hay entre territorios. Tómese un ejemplo de cualquiera de las provincias de baja demografía, por ejemplo, Teruel. En Teruel, 86.238 votantes (de un censo de 110.971) han elegido tres diputados (dos de adscripción directa y uno por población), lo que quiere decir que cada diputado turolense "cuesta" 28.746 votos mientras que en Madrid, con un censo de 4.343. 002 y 3.510.681 votantes para 35 diputados, cada diputado cuesta algo más de 100.000 votos, esto es, casi cuatro veces más que en Teruel.

Es decir, la Constitución es la primera en consagrar un sistema electoral que es de hecho desproporcional en cuanto a los territorios (y, por ende, en cuanto a los partidos; pero esto es más largo de explicar) con lo que se da la paradoja de que es la Constitución la que es inconstitucional. A ello se añade luego la vigente Ley 5/1985 de 19 de junio de Régimen Electoral General (LOREG) que fija en dos los diputados adscritos a cada circunscripción (LOREG, 162, 2) y uno a Ceuta y Melilla respectivamente, aumentando la desproporcionalidad territorial, al tiempo que determina que para la distribución de escaños a los votos obtenidos se emplee el método de los divisores de Victor d'Hondt (art. 163) que favorece claramente a los partidos mayoritarios, lo que incide en la desproporcionalidad por partidos.

Resumiendo, hay varias causas de desproporcionalidad, unas se encuentran en la Constitución y otras en la LOREG. Reformar el sistema electoral, en consecuencia, no será fácil. Tocar la parte de la Constitución (circunscripción provincial y atribución mínima de representación por provincia) requerirá, cuando menos, mayoría de 2/3 del Congreso, siempre que la reforma tenga mayoría absoluta en el Senado (CE, 167, 2); es decir, esta reforma es imposible sin el acuerdo de los dos partidos mayoritarios que son los que más se benefician del actual sistema electoral. Lo veo crudo. Cabría, sí, reformar la LOREG, sin olvidar que, por tratarse de una ley orgánica, necesitará la mayoría absoluta del Congreso, que tampoco es cosa sencilla, pero esa reforma no podría tocar las paredes maestras del edificio.No obstante, podrían introducirse algunas modificaciones que corrigieran bastante la desproporcionalidad del sistema, haciendo algo más de justicia a quienes ahora se ven discriminados. Hay tres posibles medidas que cambiarían bastante el resultado sin necesidad de revisar la Constitución: a) reducir a uno el número de diputados de adscripción automática por provincia; b) elevar a 400 la cantidad de diputados del Congreso; c) substituir el método d'Hondt por algún otro que haga algo más de justicia a las opciones minoritarias, como el Hagenbach-Bischoff, el Saint-Laguë, que dan más posibilidades a los partidos pequeños, aunque presentan otros inconvenientes.

Conviene no olvidar que un sistema electoral contiene las reglas básicas del juego democrático y la prudencia manda no tocarlas con frecuencia so pena de incurrir en graves problemas de gobernabilidad como sucede en Italia. Todos los sistemas electorales traducen opciones políticas y todos son más injustos para unos u otros. Obviamente, en el caso de España puede darse un acuerdo general respecto a la necesidad de reformar el sistema para hacerlo verdaderamente proporcional. Pero, insisto, esa es una opción tan legítima como cualquier otra. Por ejemplo, los sistemas mayoritarios (el más típico, el británico) son mucho más desproporcionales que el español. Por eso son mayoritarios. Ese menoscabo que sufre IU en España viene sufriéndolo el Partido Liberal en Gran Bretaña desde hace decenios y multiplicado por diez sin que parezca que los británicos consideren que su país deje por ello de ser una democracia. Su opción política no es conseguir una representación proporcional de las distintas fuerzas políticas, sino mayorías parlamentarias sólidas que no hagan precisos gobiernos de coalición. Y así lo han hecho. En España podríamos pronunciarnos por un sistema mayoritario (seguramente más desproporcional que el que tenemos) o uno proporcional. Lo irritante, creo, es lo que tenemos, un sistema proporcional desproporcional; irritante y absurdo.

Así están las cosas. Por último se me ocurre que, si hay una opinión suficientemente amplia, con bastante apoyo parlamentario para establecer un sistema proporcional de verdad, a lo mejor lo más sensato es echar una ojeada por ahí fuera, a ver qué sistemas consiguen esa proporcionalidad ideal y aplicarlo aquí sin más, en lugar de andar haciendo experimentos que pueden abrir un periodo de incertidumbre. Sin ir más lejos, el sistema alemán (mixto mayoritario/proporcional) es uno de los más proporcionales del mundo. Bastaría con copiarlo. Pero copiarlo bien, no como lo han hecho los italianos.

(Las imágenes son carteles electorales de distintas elecciones en España -1982, 1986, 1989 y 1996- que reproduzco aquí con permiso de mi tocayo y amigo Ramón Argilés).