dissabte, 1 de desembre del 2007

La reforma constitucional del PP.

La derecha española tenía que manifestarse en su prístina esencia. Ha llegado el momento de que lo que el señor Aznar calificaba in illo tempore de "charlotada", esto es, la organización territorial autonómica del Reino, retorne a sus tranquilas aguas centrales. Hay que "cerrar" el modelo autonómico. Casi treinta años de vigencia del orden constitucional han dejado la desagradable impresión (al menos en el espíritu conservador) de que el modelo territorial es inestable, de que a España le crujen las cuadernas, de que hay una permanente "subasta de competencias". No he visto que en este contexto el PP hable de las tensiones soberanistas que esas sí que son peliagudas. Entre otras cosas, probablemente, porque no pueden resolverse mediante una reforma de la Constitución.

La que propone con mucha fanfarria el señor Rajoy en la nueva conferencia de su partido me parece bastante inútil. Esa pretensión de enumerar una serie de competencias exclusivas del Gobierno central es lo que ya hace el artículo 149 de la CE que enumera treinta y dos exclusivas del Estado, siendo la trigésima segunda la autorización para la convocatoria de consultas populares por vía de referéndum, que no sé yo si conoce el señor Ibarretxe. A mi modesto entender lo único que hay que tocar en la CE es el artículo 150, 1) y 2), sobre todo el 2), el que permite que el Estado pueda transferir o delegar en las Comunidades Autónomas, mediante ley orgánica, facultades correspondientes a materia de titularidad estatal que por su propia naturaleza sean susceptibles de transferencia o delegación. Ese artículo es el responsable de que el modelo autonómico no esté cerrado. Mientras haya algo que, "por su propia naturaleza" se pueda transferir o delegar, alguien pedirá que se transfiera o delegue. Modificado ese artículo, el resto del Título VIII de la CE es correcto.

Otro cariz tiene la segunda pretensión del señor Rajoy de exigir mayoría de dos tercios cuando hayan de aprobarse normas de reforma constitucional. También está ya previsto en el Título X de la reforma constitucional . Por lo demás, cuando se pidan mayorías reforzadas hay que estar en situación de aprobarlas, al menos, con la mayoría reforzada. No sería admisible que una norma que pidiera una mayoría de dos tercios fuera aprobada por mayoría absoluta o incluso simple.

Resumiendo: la reforma "controlada" de la Constitución que propone el PP no es necesaria y la que en todo caso podría ser necesaria no la propone

(La imagen es un grabado chino anónimo que representa al emperador Qi Shihuang, el unificador de la China, gran reformador empeñado en acabar con el confucianismo, que enterró vivos a cientos de intelectuales e hizo destruir todos los libros, excepto los que consideraba de obligado cumplimiento).