dimarts, 22 de gener del 2019

Punto de ruptura

Todo el mundo invoca el mandato 1-O, aunque no claramente su contenido. Cosa para recordar pues pedía consolidar la independencia y la república.

La situación de poder dual de hecho tiende a estabilizarse. El gobierno se escandalizó con la pretensión catalana de reuniones de igual a igual al más alto nivel, como si de dos Estados se tratara. Alguna ministra echaba humo por las orejas. Pero es lo que está pasando en realidad, aunque no se diga. El gobierno las llama "comisiones bilaterales", dentro de la normalidad de Sánchez ; y el Govern, mesas de diálogo bilateral, dentro de la normalidad de la situación de poder dual de hecho. Lo normal en España es llamar a las mismas cosas con nombres distintos.

Pero esta situación tiende a perpetuarse. El mandato de República-independencia sigue en pie, sin límite de tiempo. Hay que ver si nos conformamos con menos. A la rutina diaria, siempre autonómica, por mucho que insistamos en que las reuniones bilaterales son de igual a igual, se une el hecho de que estamos en periodo electoral. Elecciones europeas y municipales.

Las necesidades del momento, las conveniencias del día, las listas electorales, los pactos de aquí y de allí hacen olvidar el objetivo estratégico. Desde luego hay que atender a estas cuestiones, pues si no se lucha por la representación, te la impone el adversario. Pero esas cuestiones no pueden servir para olvidar el mandato del 1-O. Este no puede conseguirse si no es avanzando en el camino a la República independiente. Hasta el punto de la ruptura. Se trata de que no haya violencia, pero ruptura ha de haber.

Por eso, la investidura de Puigdemont está en la línea del citado mandato. Lo de condicionar la decisión a su efectividad es una inconsecuencia, ya que la única forma de saber de la efectividad de una investidura es realizándola. Pedir una garantía previa de efectividad es una forma de acatar el marco autonómico.

Al margen del resultado de los intrincados procedimientos judiciales puestos en marcha por el presidente en Bruselas, está claro que la la República catalana tiene que investir a su presidente o sea, renovar su investidura, que fue interrumpida mediante el golpe de Estado, ese sí, del art. 155. Es verdad que investir a Puigdemont es cosa de voluntad. De voluntad de ruptura porque, a continuación, se plantea la cuestión de qué hará el legítimo presidente de la Generalitat republicana, si ejercer su autoridad en el exilio o retornar al país, a tomar posesión física del cargo.

No se me ocurre un punto de ruptura más claro.