Este tribunal, que no se comunica por autos o providencias o sentencias, sino por "canutazos", ha hecho saber que se tomará su tiempo para resolver el recurso del gobierno contra el anuncio de la investidura de Puigdemont, no contra la investidura, que aún no se ha producido. El mismo tribunal que tardó menos de 24 horas en adoptar medidas cautelares, que muchos consideran ilegales, a instancia directa del gobierno. El que, en otras ocasiones y siempre en interés del mismo patrón, ha sido tan rápido como el famoso tigre de la leyenda, más veloz que sus rayas.
Ahora, tratándose de un asunto de urgencia para el normal funcionamiento de las instituciones, ese tribunal Speedy González anuncia que volverá a los pausados tiempos de la judicatura española. Como no cabe presumir en los magistrados desconocimiento del daño que su anunciada lentitud va a causar en una situacion crítica para que entre en funcionamiento la Generalitat solo puede concluirse que el tribunal se alinea con la táctica dilatoria y obstaculizadora del gobierno. Y, sin duda por hacer méritos procede por vía insultante, "sin urgencia". A ver si se han creído estos catalanes que van a condicionar la vida nacional.
Bueno, "los catalanes" pueden darse por contentos. El desprecio de este tribunal por Cataluña era antes mucho más intenso. Cuatro años tardó en dictar sentencia destrozando el Estatuto de 2016. Y solo para incendiar la pradera hasta llegar a la situación en que él mismo como tribunal es un instrumento del gobierno. Hablar aquí de Estado de derecho es literalmente echar margaritas a los puercos.
Pero eso es el juicio a primera vista: una provocación más del B155. Pero una provocación que aclara, aun involuntariamente, el terreno y las posibilidades de juego. El independentismo, sin duda, va a jugar frente a un bloque cada vez más desorientado y enredado en sus contradicciones judiciales de las que no conseguirán salir. El juego de los indepes es político (justo aquello de lo que el B155 no entiende) y seguirá al margen de las presiones y las amenazas judiciales. Para eso, habrá de adoptar una línea entre cuando menos dos con alguna variante:
Versión contemporizadora: se acepta la espera del TC, cosa que puede hacerse con una ficción jurídica de investidura fallida, que abriría el plazo de dos meses hasta la segunda votación. A ver si, entre tanto, el TC se ha pronunciado. Este tiempo podría también cubrirse con la variante que propone ERC de combinar una presidencia simbólica con otra ejecutiva. La idea es buena y eficaz. La bicefalia en el ejercicio del poder no es nueva. Dos eran los cónsules en Roma de iguales poderes y esta es la idea de fondo de la presidencia/vicepresidencia de los Estados Unidos, aunque a veces se olvide por la especial relevancia del presidente. La cuestión es la atribución de funciones. La idea parece ser reservar el estatus de legitimidad al presidente en el exilio y residenciar la capacidad ejecutiva en el investido. El primero, simbólico; el segundo, eficaz. Pero también cabría una fórmula de aeque principaliter o igualdad de dignidad en tanto el TC se digna resolver la cuestión. Y eso sabiendo que, con toda probabilidad, la decisión será negativa: Puigdemont no puede ser investido telemáticamente; puede serlo presencialmente, siempre que pida permiso a su primo el Tribunal Supremo que ya ha corrido a decir que no se lo dará. O sea, no habrá investidura de Puigdemont. Está prohibida.
Versión rupturista: el Parlament ignora la última decisión del TC y el canutazo sobre los tiempos y procede a investir telemáticamente a Puigdemont. Siendo este acto contrario a la prohibición del TC y armado con el 155, el gobierno se sentirá obligado a impedir la investidura empleando para ello los medios que estime necesarios que bien pueden ser clausurar el Parlament y abrir a continuación otro expediente represivo a su mesa. Todo con la vista puesta en dos futuros muy inciertos: prolongación del estado de excepción en Cataluña, cuya Constitución será el 155, es decir, la dictadura o terceras elecciones con un previsible resultado de aumento del voto independentista y eso si no se cae en la tentación de prohibir algún partido o asociación por razones ideológicas.
La perspectiva es tan negra que muchos se sienten justificados en insistir en que se adopte alguna variante de la versión contemporizadora. Es comprensible y quién sabe si prudente. Pero tiene una objeción. La contemporización (equivalente al appeasement de Munich, 1937) tiene un plazo escaso: si el govern bajo presidente ejecutivo se atiene al mandato que reconoce como propio de consolidar la República Catalana entrará de inmediato en curso de confrontación con el B155 cuyas nuevas medidas represivas de todo tipo nos llevarán al punto de partida, pero con un puñado de encausados más.
El resultado viene a ser el mismo pero quizá por ello sea difícil elegir.