Mucha gente se hizo eco ayer del artículo del señor Martín Pallín en El País del martes, "La sombra de Franco es alargada". Y con razón, porque es una pieza contundente. El comienzo de la tramitación parlamentaria de la llamada "Ley de la Memoria Histórica" hace que el momento del artículo sea especialmente oportuno.
Por lo demás, el señor Martín Pallín no dice más que lo que muchos pensamos y hemos dicho ya, esto es, que el proyecto de ley es manifiestamente insuficiente, que es timorato, cobardica y, en el fondo, injusto. Lo que sucede es que, al formularlo un emérito del Supremo, este criterio adquiere mayor relevancia pública. Cosa muy de agradecer porque entre las vacilaciones y los temores de los sociatas y la bronca de los populares se corre el riesgo de que la citada ley acabe siendo tan ramplona que no reponga a las víctimas de la dictadura en sus derechos, esto es, que no sea justa.
Y ¿para qué se quiere una ley injusta? Porque injusta -así como intrínsecamente contradictoria- es una ley que reconoce que se debe una reparación "moral" a las víctimas, pero no jurídica. Bien, siempre había pensado que el derecho consiste en dotar de fuerza coactiva a las normas morales. Al parecer, el legislador considera la posibilidad de que exista un deber moral, pero no está dispuesto a darle fuerza de obligar -pudiendo hacerlo- porque no le da la gana. Las razones que se aducen para justificar este proyecto injusto de ley no me parecen convincentes. La derecha dice que se rompe el consenso de la transición y los socialistas dicen que quiebra la seguridad jurídica de la Dictadura.
Respecto al consenso, el asunto es claro. El acuerdo de la transición fue la última imposición del franquismo. El ejército, autoerigido en garante del proceso, no estaba dispuesto a muchas veleidades y ejercía una especie de tutela militar que se nota en el artículo 2 de la Constitución. Por entonces, la izquierda tuvo que aceptar el compromiso de la transición a la fuerza. Su máximo interés radicaba en la consolidación de la democracia y el ingreso en Europa, y era evidente que la una y el otro se cancelarían -como sucedió con Grecia unos años después- si en España se retornaba a otra dictadura, militar o no. Estaba claro que un ejército que había hecho una guerra civil de tres años no iba a arredrarse ante la "necesidad" de dar otro golpe de Estado, pasara lo que pasara en Europa.
Quienes aceptamos aquella transición, con las reservas pertinentes (muchos republicanos la aceptamos con su forma monárquica, pero seguimos siendo republicanos), lo hicimos sosteniendo que la reconciliación era el perdón (que, por lo demás, es una cuestión de cada cual), pero no el olvido. Se argumentó entonces que no convenía recordar porque no estaba el horno para bollos y, en efecto, así lo mostraron los militares con la intentona de 1981. La transición se hizo con una amnistía por la que los franquistas se perdonaban a sí mismos, y de justicia y reparación para las víctimas de la Dictadura nadie habló.
Han pasado 30 años, ya no hay amenaza militar que valga y Europa no sólo no va a expulsarnos, sino que nos pide que arreglemos cuentas con el pasado. Porque, entiendo yo que no cabe negarlo: Franco fue un delincuente y un asesino. Y las víctimas esperan reposición y justicia. Los actos de la Dictadura son nulos de pleno derecho por ilegales, al estar dictados por un poder ilegítimo, una junta de sublevados contra el Gobierno legítimo de la República.
El argumento de la seguridad jurídica tampoco va muy allá, pues ésta jamás existió en un régimen basado en la arbitrariedad y la injusticia, en el que se expoliaba y asesinaba a gentes a veces por motivos de envidias y rencillas personales, aunque, claro está, los asesinos eran siempre del bando llamado "nacional" y los asesinado del llamado indistintamente "rojo" o republicano". En definitiva, en los debates en las Cortes, éstas tienen que darle a la ley el alcance que se merece: han de quedar anulados todos los actos de relevancia constitucional de la Dictadura, entre otras cosas porque la Constitución vigente, en su disposición derogatoria, 3, esto es, en la parte derogatoria genérica determina que "quedan derogadas cuantas disposiciones se opongan a lo establecido en esta Constitución" lo que quiere decir lo que dice, esto es, las disposiciones del pasado (las del presente, va de suyo) y asi como se derogaron las disposiciones del poder legislativo, que residía en el General por expreso mandato de las Leyes Fundamentales ("la suprema potestad...") habrán de anularse las del poder judicial.
Lo que no cabe hacer es rebajar el contenido de la ley de reparación por miedo a las consecuencias hasta el punto de que no se haga justicia con las víctimas. Porque, en tal caso, serán víctimas por segunda vez.