dimecres, 2 de setembre del 2009

La reelección de los cargos públicos.

Ruge una agria polémica sobre la conveniencia de la reelección de cargos públicos, singularmente presidentes de República y/o primeros ministros. Hay posiciones rotundamente a favor, posiciones rotundamente en contra y, como suele suceder en la vida, posiciones rotundamente a favor o en contra según que el interesado sea del agrado del posicionado o no. El debate se ha recrudecido con motivo de los recientes intentos de presidentes latinoamericanos de proseguir en el cargo sine die en condiciones democráticas. Esta prolongación ha sido frecuente en el pasado, habiéndolo conseguido, entre otros, a veces con reforma de la Constitución incluida, Alberto Fujimori, Carlos Menem, Rafael Correa, Hugo Chávez y Álvaro Uribe quien anda pendiente de un referéndum para presentarse por tercera vez. Asimismo, era la intención de Manuel Zelaya antes de que lo echaran en el último golpe de Estado de América Latina y primero desde el año 2000. Se prueba, pues, que la querencia por la reelección es algo en lo que coinciden derechas e izquierdas. Algo tendrá.

Se recordará que el asunto viene de la XXII enmienda (1951) de la Constitución gringa que limita a dos los mandatos de los presidentes de la República. Se trataba de evitar otro Franklin D. Roosevelt, que había ganado cuatro elecciones consecutivas (1932, 1936, 1940 y 1944) y que, de no habérselo llevado la muerte en 1945, se suponía que podía llegar a hacer verdad el temor de George Washington de que un presidente de elección indefinida acabaría siendo un Rey, figura de escasa aceptación en Gringolandia. No obstante, a día de hoy, la enmienda XXII es objeto de polémica y hasta hay quien cree que es inconstitucional.

En efecto, aunque pareciera que los partidarios de limitar los mandatos tuvieran razón, el asunto está lejos de ser claro. En principio, si el pueblo es soberano, la decisión de la mayoría obliga como decisión legítima y si la mayoría quiere elegir tres o cuatro o más veces a un candidato, no hay razón válida para impedírselo. Cuando el criterio de no reelección se basa únicamente en el uso o la costumbre, no hay conflicto porque nadie niega a la ley la capacidad de abolir una costumbre. El problema viene cuando la no reelección es un mandato constitucional, como en la XXII enmienda, porque entonces se vive la contradictoria situación de que la decisión de la mayoría, es decir la decisión soberana, no es soberana pues puede ser deshecha por un tribunal constitucional por ejemplo al que es posible que no haya elegido nadie. Un choque de legitimidades que no ha lugar a tratar aquí pero que contiene el núcleo de la controversia sobre si el Tribunal Constitucional español puede ir en contra de una decisión de la mayoría en referéndum en Cataluña.

Obviamente la decisión de la mayoría no puede pretender infalibilidad ya que hay decisiones de mayoritarias injustas y hasta odiosamente inicuas. Es lo que los teóricos llamaron "tiranía de la mayoría", el comienzo del fin de la democracia. Piénsese en la posibilidad de una decisión de la mayoría consistente en abolir el principio de decisión mayoritaria, cosa extraña, pero posible. Hasta ahora nadie ha descubierto un mecanismo mejor de defensa frente a la tiranía de la mayoría que la existencia de un tribunal constitucional (sin olvidar las democracias que carecen de él, singularmente el Reino Unido) que tampoco es perfecto. Pero no es admisible decir que la reelección de un presidente por varios mandatos sea una muestra de la tiranía de la mayoría; al contrario, puede ser una decisión justa e inteligente, como sucedió en el caso de Roosevelt. Lo importante es que la elección sea libre y que la decisión sea consciente pues de nada sirven elecciones no libres o decisiones mediatizadas.

Así que, en principio, tan aceptable es la reelección como la no reelección. Si el lector ha tenido la paciencia de llegar hasta aquí, le propongo el único criterio que se me ocurre para tomar cierto partido en un debate tan irrelevante, y es de carácter estético. No está mal en principio que un presidente proponga reformar la Constitución para permitir la reelección de los presidentes; pero es de un mal gusto lamentable hacerlo para quedarse uno.


(La imagen es una foto de sfjalar, bajo licencia de Creative Commons).