En los países de tradición romana, como España, el juez es, según Montesquieu, "la boca que pronuncia las palabras de la ley"; lo que, entre otras cosas, significa que las palabras de la ley han de pronunciarse, que el juez no puede dejar de pronunciarlas, no puede dejar de decir qué sea el derecho, no puede dejar de hacer derecho. Por ningún motivo. Tampoco el de la objeción de conciencia. El Tribunal Supremo ha tenido que recordar algo tan obvio a un juez valenciano que pretexta objeción de conciencia para no cumplir con el mandato de la ley de casar a una pareja de lesbianas, creo; de homosexuales en todo caso. Sostiene su señoría tal desatino, supongo, por imitación a otros profesionales, como los médicos, o no profesionales, como los padres de familia, que invocan la objeción de conciencia unos para no practicar abortos y otros para que sus hijos no cursen "educación para la ciudadanía". Pero los jueces no tienen derecho a la objeción de conciencia. En realidad, nadie tiene tal derecho. Ningún Estado puede razonablemente reconocer el derecho a desobedecer la ley por razones de conciencia. Se da alguna excepción, como el reconocimiento de la objeción en alguna situación específica, por ejemplo el servicio militar obligatorio en España. En otros lugares será por otros motivos pero siempre se trtará de situaciones excepcionales- El criterio único dominante es el de el juez está obligado a hacer justicia pronunciando las palabras de la ley (que es lo que significa la iuris dictio) porque la justicia es, además de un principio, un derecho de los ciudadanos.
No hay objeción de conciencia frente a los matrimonios homosexuales como no la hay frente a Educación para la ciudadanía. Ya está bien de negar a la gente sus derechos pretextando nobles principios. Sobre todo principios por los que la izquierda ha luchado siempre contra la derecha como el de objeción de conciencia. O sea, ya está bien de prostituir el mundo.
(La imagen es una foto de antenamutante, bajo licencia de Creative Commons).